ORIGINAL N° 127 - TIERRAS FISCALES - SE FIJA PRECIO BÁSICO PARA LA ENAJENACIÓN DE TIERRAS FISCALES.
Publicado en el Boletín N° 0, el día 01 de Enero de 1889. Sancionada el día 05 de Junio de 1889.
LEY N° 406 (ORIGINAL N° 127)
LEY
El Senado y Cámara de Diputados de la provincia de Salta, sancionan con fuerza de
LEY
Artículo 1°.- La base para la enajenación de las tierras fiscales de la Provincia será la de mil
quinientos pesos m/n., por legua cuadrada de 25 kilómetros cuadrados.
Art. 2º.- Comuníquese, etc.
Sala de Sesiones, Salta, Junio 5 de 1889.
FÉLIX USANDIVARAS – Serapio Gallegos – Martín T. Sosa – J. M. Avellaneda.
Departamento de Hacienda
Salta, junio 13 de 1889.
Ejecútese, promúlguese como ley de la Provincia y dése al R. Oficial.
GÜEMES – Juan C. Tamayo – David Zambrano.