LEY N° 418
ORIGINAL N° 220 - PODER EJECUTIVO - SE AUTORIZA AL PODER EJECUTIVO PARA INVERTIR LA SUMA DE VEINTE MIL PESOS EN LOS GASTOS DE PRESENTACIÓN A LA EXPOSICIÓN INTERNACIONAL DE LA CAPITAL FEDERAL.

Publicado en el Boletín N° 0, el día 01 de Enero de 1889.
Sancionada el día 26 de Octubre de 1889.

LEY N° 418 (ORIGINAL N° 220)
LEY
El Senado y Cámara de Diputados de la provincia de Salta, sancionan con fuerza de
LEY
Artículo 1°.- Autorízase al Poder Ejecutivo para invertir hasta la suma de veinte mil pesos moneda
nacional, destinada a sufragar los gastos de recolección y envío de los productos con que ha de
concurrir la Provincia a la Exposición Internacional que debe inaugurarse en la Capital Federal.
Art. 2°.- El Poder Ejecutivo entregará a la comisión nombrada al efecto, las cantidades que le
fueren requeridas, debiendo ésta dar cuenta de su inversión ante el Gobierno una vez terminado
su cometido.
Art. 3°.- El gasto ocasionado por la presente Ley se hará de rentas generales y se imputará a la
misma.
Art. 4º.- Comuníquese, etc.
Sala de Sesiones, Salta, Octubre 26 de 1889.
FÉLIX USANDIVARAS – Sixto Ovejero – Martín T. Sosa – J. M. Avellaneda.
Departamento de Gobierno y Hacienda
Salta, noviembre 5 de 1889.
Ejecútese como ley de la Provincia, publíquese y dése al Registro Oficial.
MARTÍNEZ – Pedro J. Frías – Juan C. Tamayo.




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