ORIGINAL N° 25 - LEGISLADORES - DESTINÁNDOSE LA SUMA DE MIL PESOS PARA GASTOS DE LUTO DE LA VIUDA Y FAMILIA DEL SENADOR D. ADRIÁN F. CORNEJO
Publicado en el Boletín N° 0, el día 01 de Enero de 1893. Sancionada el día 30 de Enero de 1893.
LEY Nº 476
(NUMERO ORIGINAL 25)
Destinándose la suma de mil pesos piara gastos de luto de la viuda y familia del senador don Adrián F. Cornejo
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia, sancionan con fuerza de
LEY:
Art. 19 Destíñanse mil pesos moneda nacional para gastos de luto de la viuda y familia del Sr. Senador Adrián F. Cornejo Da. Avelina L. de Cornejo.
Art. 29 Este gasto será cubierto con rentas generales y se imputará a la presente Ley.
Art. 3° Comuníquese, etc.
Sala de Sesiones, Salta, Enero 30 de 1893.
JUAN J. LEGUIZAMON FELIX USANDIVARAS
Marcelino López José A. Cabrera
Secretario del Senado Secretario de la C. de Diputados
Departamento de Hacienda
Salta, Febrero 7 de 1893.
Cúmplase, comuníquese, publíquese y dése al R. O.
FRIAS
Pedro I. López