LEY N° 484
AUTORIZANDO AL DIRECTORIO DEL BANCO DE LA PROVINCIA PARA CANCELAR LA DEUDA DE UNMILLóN TRESCIENTOS VEINTE MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y SEIS PESOS CON 22/00 A CARGO DEL GOBIERNO DE LA PROVINCIA (DIGESTO JURíDICO LEY 7.913, ANEXO IV. LEYES CON OBJETO CUMPLIDO

Publicado en el Boletín N° 0, el día 01 de Enero de 1893.
Sancionada el día 07 de Agosto de 1893.

LEY Nº 484 (Número Original 159)
Fuente: Recopilación General de Leyes, compilación ordenada de las leyes de la Provincia y sus decretos reglamentarios (Documentados compilados, ordenados y publicados por GAVINO OJEDA)

Autorizando al Directorio del Banco de la Provincia para cancelar la deuda de un
millón trescientos veinte mil quinientos cincuenta y seis pesos
con 22/00 a cargo del Gobierno de la Provincia

El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia, sancionan con fuerza de
LEY
Artículo 1°.- Autorízase al Directorio del Banco de la Provincia para cancelar la deuda de un millón trescientos veinte mil quinientos cincuenta y seis pesos con veintidós centavos m/n., que le adeuda el Gobierno, con los fondos de reserva y de previsión y con la cantidad necesaria de las utilidades del establecimiento correspondiente al año 1892.
Art. 2º.- Comuníquese, etcétera.

Sala de Sesiones, Salta, Agosto 7 de 1893.
NICOLÁS ARIAS – PEDRO I. LÓPEZ – José A. Cabrera – Emilio E. Carlsen

Departamento de Hacienda
Salta, agosto 11 de 1893.
Cúmplase, comuníquese, publíquese y dése al R. O.
LEGUIZAMÓN - L. Linares


NICOLÁS ARIAS – PEDRO I. LÓPEZ – José A. Cabrera – Emilio E. Carlsen

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