ORIGINAL N° 193 - PODER EJECUTIVO - AUTORIZANDO AL P.E. PARA NOMBRAR COMISIONES ESPECIALES DE RECAUDACIÓN DE LA RENTA ATRASADA
Publicado en el Boletín N° 0, el día 01 de Enero de 1893. Sancionada el día 19 de Octubre de 1893.
LEY Nº496
(NUMERO ORIGINAL 193)
Autorizando al Poder Ejecutivo para nombrar comisiones cspe cíales de recaudación de la renta atrasada
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia, sancionan con fuerza de
LEY:
Art. 1° Autorízase al Poder Ejecutivo para nombrar Comisionados especiales de recaudación, cuya misión será cobrar la renta atrasada hasta 1893 con la remuneración de la multa que deben pagar los deudores morosos.
Art. 2° El nombramiento de Comisionados de recaudación no recaerá sobre los Receptores que hayan ejercido el cargo en la época en que se atrasó el pago de las contribuciones.
Art. 3° Estos funcionarios tendrán para los efectos de la recaudación las facultades de que gozan los Receptores Depar-tamentales; y en los casos de ejecución despacharán el manda-miento de embargo por si mismos para que sea ejecutado con el auxilio de la policía local, siendo el procedimiento meramente ad-ministrativo.
Art. 4° Todo deudor que en el término de un mes desde la promulgación de la presente Ley abonase la contribución que adeuda, quedará exento de pagar la multa.
Art. 5° Comuniqúese, etc.
Sala de Sesiones, Salta, Octubre 19 de 1393.
PEDRO J. FRIAS NICOLAS ARIAS M.
Emilio Carlsen José A. Cabrera
Secretario del Senado Secretario de la C. de Diputados
Departamento de Hacienda
Salta, Octubre 20 de 1893.
Téngase por Ley de la Provincia, cúmplase, comuniqúese, publíquese y dése al R. Oficial.
LEGUIZAMON
L. Linares