LEY N° 504
AUTORIZANDO AL P. EJECUTIVO PARA PONER A DISPOSICIóN DE LA SOCIEDAD DE BENEFICENCIA LA SUMA DE $ 5.000 CON DESTINO A LA CONSTRUCCIóN DEL NUEVO HOSPITAL (DIGESTO JURíDICO LEY 7.913, ANEXO IV. LEYES CON OBJETO CUMPLIDO O PLAZO VENCIDO)

Publicado en el Boletín N° 0, el día 01 de Enero de 1894.
Sancionada el día 23 de Octubre de 1894.

LEY Nº 504 (Número Original N° 194)
Fuente: Recopilación General de Leyes, compilación ordenada de las leyes de la Provincia y sus decretos reglamentarios (Documentados compilados, ordenados y publicados por GAVINO OJEDA)

Autorizando al P. Ejecutivo para poner a disposición de la Sociedad de Beneficencia la suma de $ 5.000 con destino a la construcción del nuevo hospital

El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia, sancionan con fuerza de
LEY
Artículo 1°.- Autorízase al Poder Ejecutivo para poner a disposición de la Sociedad de Beneficencia de la Capital la suma de cinco mil pesos m/n. que se destinarán a la obra del nuevo hospital.
Art. 2°.- Este gasto se hará de Rentas Generales, imputándose a la presente.
Art. 3º.- Comuníquese, etcétera.

Sala de Sesiones, Salta, Octubre 23 de 1894.

ARTURO L. DÁVALOS – FRANCISCO ALSINA – Desiderio Esquiú – José A. Cabrera


Departamentos de Gobierno y de Hacienda
Salta, octubre 25 de 1894.
Cúmplase, comuníquese e insértese en el Registro Oficial.

Leguizamón – Antonino Díaz

(Controlado por Digesto kb/shs)


ARTURO L. DÁVALOS – FRANCISCO ALSINA – Desiderio Esquiú – José A. Cabrera

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