LEY N° 509
AUTORIZANDO AL DIRECTORIO DEL BANCO PROVINCIAL PARA CONTRIBUIR CON LA SUMA DE TRES MIL PESOS A LA ADQUISICIÓN DE UNIFORMES PARA LA GUARDIA NACIONAL - (DIGESTO JURÍDICO LEY 7.913, ANEXO IV. LEYES CON OBJETO CUMPLIDO O PLAZO VENCIDO)

Publicado en el Boletín N° 0, el día 01 de Enero de 1895.
Sancionada el día 11 de Junio de 1895.

LEY Nº 509 (Original Nº 111)
Fuente: Recopilación General de Leyes, compilación ordenada de las leyes de la Provincia y sus decretos reglamentarios (Documentados compilados, ordenados y publicados por GAVINO OJEDA)

Autorizando al Directorio del Banco Provincial para contribuir con la suma de tres mil pesos a la adquisición de uniformes para la Guardia Nacional

El Senado y Cámara de Diputados de la provincia de Salta, sancionan con fuerza de
LEY
Artículo 1°.- Autorízase al Directorio del Banco de la Provincia, para contribuir con la suma de tres mil pesos m/n. para la adquisición de uniformes destinados a la Guardia Nacional de esta Capital.
Art. 2º.- Comuníquese, etcétera.

Sala de Sesiones, Salta, junio 11 de 1895.
FLAVIO GARCIA – ARTURO L. DAVALOS – José A. Cabrera – Desiderio Esquiú


Departamento de Hacienda
Salta, junio 12 de 1895.
Téngase por Ley de la Provincia, cúmplase, comuníquese, publíquese y dése al R. Oficial.

LEGUIZAMÓN – Man. Solá

(Controlado por Digesto nag/shs)


FLAVIO GARCIA – ARTURO L. DAVALOS – José A. Cabrera – Desiderio Esquiú

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