LEY N° 510
EXONERANDO DE TODO IMPUESTO A LA FÁBRICA DE ALPARGATAS INSTALADA POR D. EULALIO VERGARA

Publicado en el Boletín N° 0, el día 01 de Enero de 1895.
Sancionada el día 03 de Septiembre de 1895.

LEY Nº 510 (Original Nº 133)
Fuente: Recopilación General de Leyes, compilación ordenada de las leyes de la Provincia y sus decretos reglamentarios (Documentados compilados, ordenados y publicados por GAVINO OJEDA)
Exonerando de todo impuesto a la Fábrica de Alpargatas instalada
por D. Eulalio Vergara

El Senado y Cámara de Diputados de la provincia de Salta, sancionan con fuerza de
LEY
Artículo 1°.- Exonérase de todo impuesto fiscal a la Fábrica de Alpargatas de propiedad del señor Eulalio Vergara.
Art. 2°.- La exoneración, a que se refiere el artículo anterior, será tan solo por tres años.
Art. 3º.- Comuníquese, etcétera.

Sala de Sesiones, Salta, setiembre 3 de 1895.
FLAVIO GARCIA – ARTURO L. DAVALOS – José A. Cabrera – Desiderio Esquiú


Departamento de Hacienda
Salta, setiembre 4 de 1895.
Téngase por Ley de la Provincia, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Oficial.

LEGUIZAMÓN – Man. Solá


FLAVIO GARCIA – ARTURO L. DAVALOS – José A. Cabrera – Desiderio Esquiú

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