LEY N° 5183
OBRAS PÚBLICAS – ADOPTA EXCEPCIONALMENTE RÉGIMEN DE RECONOCIMIENTOS DE VARIACIONES DE COSTOS LEYES NACIONALES N° 12.910 Y N° 15.285. PARA OBRAS PÚBLICAS RESPECTO DE LAS LEYES NROS. 4.384, 4.385 Y 5.154. ACUEDUCTO CAMPO ALEGRE EMBALSE ITIYURO.

Publicado en el Boletín N° 10341, el día 18 de Octubre de 1977.
Sancionada el día 11 de Octubre de 1977.

LEY Nº 5183
Esta ley se sancionó y promulgó el día 11 de octubre de 1977.
Publicada en el Boletín Oficial de Salta Nº 10.341, del 18 de octubre de 1977.
Ministerio de Economía
Secretaría de Estado de Obras Públicas
El Gobernador de la provincia de Salta sanciona y promulga con fuerza de
L E Y
Artículo 1º.- Adóptase con carácter de excepción a las disposiciones del Decreto Ley 76/62 de
Obras Públicas y sin sentar precedente, el Régimen de Reconocimientos de Variaciones de Costos
establecidos por las Leyes Nacionales Nros. 12.910, 15.285, modificatorias y decretos
reglamentarios, exclusivamente para las obras públicas a ejecutar por la provincia de Salta o sus
organismos descentralizados en cumplimiento de convenios de cooperación técnica y financiera
suscritos con Obras Sanitarias de la Nación, aprobados por Leyes Nros. 4.384, 4.385 y 5.154,
respecto a las obras: “Acueducto Embalse Campo Alegre y Planta Potabilizadora”, “Acueducto
Embalse Itiyuro – Tartagal – 2da. Etapa: Planta Potabilizadora” y “Nuevo Establecimiento de
Depuración de Líquidos Cloacales de la Ciudad de Salta y Colectora Máxima”, respectivamente.
Art. 2º.- La presente ley comenzará a regir desde la fecha de su sanción y promulgación.
Art. 3º.- Téngase por ley de la Provincia, cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al Registro
Oficial de Leyes y archívese.
ULLOA – Sosa – Davids – Coll – Alvarado


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