LEY N° 524
ACORDANDO PENSIÓN A DOÑA FRANCISCA U. DE CASTRO - (DIGESTO JURÍDICO LEY 7.913, ANEXO IV. LEYES CON OBJETO CUMPLIDO O PLAZO VENCIDO)

Publicado en el Boletín N° 0, el día 01 de Enero de 1896.
Sancionada el día 12 de Octubre de 1896.

LEY Nº 524 (Original Nº 210)
Fuente: Recopilación General de Leyes, compilación ordenada de las leyes de la Provincia y sus decretos reglamentarios (Documentados compilados, ordenados y publicados por GAVINO OJEDA)

Acordando pensión a Doña Francisca U. de Castro

El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia, sancionan con fuerza de
LEY
Artículo 1°.- Acuérdase pensión de cien pesos moneda nacional mensuales, a la señora Francisca U. de Castro, viuda del señor Baldomero Castro que falleció en defensa del pueblo de Salta, el 10 de octubre de 1867.
Art. 2º.- Esta pensión se pagará de Rentas Generales, mientras se incorpore al Presupuesto General de la Provincia.
Art. 3º.- Comuníquese, etcétera.

SALA DE SESIONES, Salta, octubre 12 de 1896.

FELIX USANDIVARAS – Victorino Corbalán – José A. Cabrera – Emilio Soliverez


Departamentos de Gobierno y de Hacienda
Salta, octubre 13 de 1896.

Cúmplase, comuníquese, publíquese y dése al R. Oficial.

ANTONINO DIAZ – Eliseo F. Outes – Andrés Molina

Kb-sa/shs


FELIX USANDIVARAS – Victorino Corbalán – José A. Cabrera – Emilio Soliverez 

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