LEY N° 5291
DEROGADA POR LEY N° 6242 - MODIFICA LEY 2451 LEY ORGÁNICA DE TRIBUNALES

Publicado en el Boletín N° 10519, el día 04 de Julio de 1978.
Sancionada el día 29 de Junio de 1978.

LEY Nº 5291
Esta ley se sancionó y promulgó el día 29 de junio de 1978.
Publicada en el Boletín Oficial de Salta Nº 10.519, del 4 de julio de 1978.
Ministerio de Gobierno, Justicia y Educación
El Gobernador de la provincia de Salta sanciona y promulga con fuerza de
L E Y
Artículo 1º.- Modifícase el artículo 137 de la Ley Orgánica de Tribunales Nº 2.451, que a su vez fuera
modificado por el artículo 1º de la Ley Nº 5.049, el que quedará redactado de la siguiente forma:
“Las presentaciones ante el Registro Público de Comercio, donde se controviertan cuestiones de derecho,
deberán tener patrocinio de abogado.”
Art. 2º.- Derógase el artículo 57 de la Ley Nº 5.182.
Arte 3º.- Téngase por ley de la Provincia, cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial de
Leyes y archívese.
ULLOA – Davids – Ing. Sosa – Coll – Alvarado


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