LEY N° 57
FIJANDO EL ALCANCE DE LA LEY DEL 12 DE ENERO DE 1860, APROBATORIA DEL PROGRAMA DE MISIONES PROPUESTO POR FR. PEDRO M. PELICHI (DIGESTO JURÍDICO LEY 7.913, ANEXO IV. (LEYES CON OBJETO CUMPLIDO O PLAZO VENCIDO)

Publicado en el Boletín N° 0, el día 01 de Enero de 1860.
Sancionada el día 02 de Febrero de 1860.

LEY Nº 57 (s/n Original)
Fuente: Recopilación General de Leyes, compilación ordenada de las leyes de la Provincia y sus decretos reglamentarios (Documentados, compilados, ordenados y publicados por GAVINO OJEDA)

DECRETO LEGISLATIVO
Fijando el alcance de la Ley del 12 de enero de 1860, aprobatoria del programa de Misiones propuesto por Fr. Pedro M. Pelichi

La Representación General de la Provincia
DECRETA
Artículo 1°.- El artículo 2° de la ley de 12 de enero próximo pasado se limita a fijar el plazo en que las Misiones deben ser puestas bajo la autoridad civil eclesiástica, suponiendo que a los veinte años de establecida cada una de ellas, se encuentren ya bastante civilizadas como para entrar en sociedad.
Art. 2°.- La Inspección del Gobierno será sólo protectora hasta donde las leyes lo permitan; sin que esto importe impedir la libre acción civilizadora de los Padres Misioneros.
Art. 3°.- Comuníquese.

Salta, febrero 2 de 1860.
JOSE S. GARCIA ISASA – Isidoro López, Secretario

EL GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DECRETA
Artículo único.- Cúmplase la honorable sanción que precede, transcríbase a continuación de la Consulta elevada por el Rev. Padre Prefecto de las Misiones, Fray Pedro María Pelichi y devuélvasele, dejando copia legal en Secretaría y publíquese.

SOLA – Casiano J. Goytia

(Controlado por Digesto nag/shs)


JOSE S. GARCIA ISASA – Isidoro López, Secretari

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