ORIGINAL 189 - IMPUESTOS - EXONERANDO DE IMPUESTOS A LAS PROPIEDADES DE UN PUEBLO A FUNDARSE QUE SE DENOMINARÁ "MANUEL PEÑA" EN EL DEPARTAMENTO DE ANTA
Publicado en el Boletín N° 0, el día 01 de Enero de 1897. Sancionada el día 16 de Octubre de 1897.
LEY N° 548 (Original Nº 189)
Autorizando al Banco Provincial de Salta, para ceder una casa de su propiedad para el Asilo de Mendigos
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Salta, sancionan con fuerza de
L E Y :
Art. 1° Autorízase al Banco Provincial de Salta, para destinar la casa que posee en la calle Caseros, en frente de la Iglesia de San Bernardo a objeto de que sirva de Asilo de Mendigos, la que estará bajo la administración de la Sociedad de Señoras de San Vicente de Paul.
Art. 2° Esta casa no podrá destinarse a otro objeto diferente del expresado en el artículo anterior.
Art. 3° Acuérdese una subvención de cien pesos moneda nacional mensuales para el sostenimiento del referido Asilo, im-putándose este valor a Rentas Generales.
Art. 4° Comuníquese., etc.
Sala de Sesiones, Salta, Octubre 16 de 1897.
DELFIN PEREZ FELIX USANDIVARAS
Emilio Soliverez José A. Cabrera
Secretario del Senado Secretario de la C. de Diputados
Departamento de Gobierno
Salta, Octubre 22 de 1897.
Cúmplase, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Oficial.
DIAZ
Eliseo F. OUTES