LEY N° 553
PRESUPUESTO DEL BANCO PROVINCIAL PARA EL AÑO 1898 - (DIGESTO JURÍDICO LEY 7.913, ANEXO IV. LEYES CON OBJETO CUMPLIDO O PLAZO VENCIDO)

Publicado en el Boletín N° 0, el día 01 de Enero de 1897.
Sancionada el día 13 de Noviembre de 1897.

LEY Nº 553 (Original Nº 208)
Fuente: Recopilación General de Leyes, compilación ordenada de las leyes de la Provincia y sus decretos reglamentarios (Documentados, compilados, ordenados y publicados por GAVINO OJEDA).

Presupuesto del Banco Provincial para el año 1898
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Salta, sancionan con fuerza de
LEY
Artículo 1º.- El Presupuesto de Gastos del Banco Provincial de Salta, para el año económico de 1898, queda fijado en la suma de veintiún mil doscientos cuarenta pesos m/nal., distribuido en la siguiente forma:
1 Presidente Gerente $ 400.-
1 Contador $ 300.-
1 Sub-Contador $ 150.-
1 Tesorero $ 300.-
1 Inspector $ 150.-
1 Auxiliar, Sección de Letras y Cuentas Corrientes $ 150.-
1 Auxiliar, Sección Depósitos $ 150.-
1 Mayordomo $ 70.-
1 Ordenanza $ 50.-
Para gastos imprevistos $ 50.-
Suma $ 21.240.-
Art. 2º.- Comuníquese, etc.

Sala de Sesiones, Salta, noviembre 13 de 1897.

FELIX USANDIVARAS – Pío Uriburu – José A. Cabrera – Emilio Soliverez

Departamento de Hacienda y de Gobierno
Salta, noviembre 18 de 1897.

Téngase por ley de la Provincia, cúmplase, comuníquese, publíquese e insértese en el R. Oficial.

DIAZ – Andrés Molina – Eliseo F. Outes


FELIX USANDIVARAS – Pío Uriburu – José A. Cabrera – Emilio Soliverez

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