LEY N° 587
AUTORIZANDO AL BANCO PROVINCIAL PARA DAR POR CANCELADA LA DEUDA DE LA MUNICIPALIDAD DE LA CAPITAL (DIGESTO JURíDICO LEY 7.913, ANEXO IV. LEYES CON OBJETO CUMPLIDO O PLAZO VENCIDO)

Publicado en el Boletín N° 0, el día 01 de Enero de 1900.
Sancionada el día 23 de Junio de 1900.

LEY Nº 587 (Original N° 116)
Fuente: Recopilación General de Leyes, compilación ordenada de las leyes de la Provincia y sus decretos reglamentarios (Documentados, compilados, ordenados y publicados por GAVINO OJEDA).

Autorizando al Banco Provincial para dar por cancelada la deuda de la Municipalidad de la Capital
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Salta, sancionan con fuerza de
LEY
Artículo 1°.- Autorízase al Banco Provincial de Salta, para dar por cancelada la deuda que en dicho establecimiento tiene la Municipalidad de la Capital.
Art. 2°.- Comuníquese, etc.

Sala de Sesiones, Salta, Junio 23 de 1900.
FÉLIX USANDIVARAS – Ángel Zerda – Marcelino López – Emilio Soliveres

Ministerios de Hacienda y de Gobierno
Salta, Junio 26 de 1900.
Téngase por Ley de la Provincia, cúmplase, comuníquese, insértese en el Registro Oficial y publíquese.

URIBURU– David Saravia
(Controlado por Digesto meh)


FÉLIX USANDIVARAS – Ángel Zerda – Marcelino López – Emilio Soliveres

.

Responsive image Responsive image