EXONERANDO DE LA CONTRIBUCIÓN TERRITORIAL A DOÑA MICAELA CEBALLOS (DIGESTO JURíDICO LEY 7.913, ANEXO IV. LEYES CON OBJETO CUMPLIDO O PLAZO VENCIDO)
Publicado en el Boletín N° 0, el día 01 de Enero de 1900. Sancionada el día 18 de Septiembre de 1900.
LEY Nº 595 (Original N° 156)
Fuente: Recopilación General de Leyes, compilación ordenada de las leyes de la Provincia y sus decretos reglamentarios (Documentados, compilados, ordenados y publicados por GAVINO OJEDA).
Exonerando de la Contribución Territorial a doña Micaela Ceballos
El Senado y Cámara de Diputados de la provincia de Salta, sancionan con fuerza de
LEY
Artículo 1°.- Exonérase del pago de la Contribución Territorial a la propiedad que posee doña Micaela Ceballos en la calle Córdoba entre las de España y Boulevard Belgrano de lo que adeuda y de lo que le corresponde pagar en lo sucesivo mientras esté en posesión de dicha propiedad.
Art. 2°.- Comuníquese, etc.
Sala de Sesiones, Salta, Setiembre 18 de 1900.
FÉLIX USANDIVARAS – Moisés Oliva – Marcelino López – Emilio Soliveres
El Presidente del Senado en ejercicio del Poder Ejecutivo de la Provincia
DECRETA
Salta, Setiembre 21 de 1900.
Téngase por Ley de la Provincia, cúmplase, comuníquese, publíquese e .insértese en el Registro Oficial .
ZERDA– David Saravia
(Controlado por Digesto nag-meh)