PRESUPUESTO DEL BANCO PROVINCIAL PARA EL AÑO 1901(DIGESTO JURíDICO LEY 7.913, ANEXO IV. LEYES CON OBJETO CUMPLIDO O PLAZO VENCIDO)
Publicado en el Boletín N° 0, el día 01 de Enero de 1900. Sancionada el día 06 de Noviembre de 1900.
LEY Nº 610 (Original 196)
Fuente: Recopilación General de Leyes, compilación ordenada de las leyes de la Provincia y sus decretos reglamentarios (Documentados, compilados, ordenados y publicados por GAVINO OJEDA).
Presupuesto del Banco Provincial para el año 1901
El Senado y Cámara de Diputados de la provincia de Salta, sancionan con fuerza de
LEY
Artículo 1º.- El Presupuesto de gastos del Banco Provincial de Salta, para el año económico de 1901, queda fijado en la suma de veintidós mil ciento cuarenta pesos moneda nacional, distribuidos en la siguiente forma:
INCISO ÚNICO
Ítem 1º
Mensual
Presidente Gerente $ 400.-
Contador $ 300.-
Tesorero $ 270.-
Un Auxiliar de letras $ 170.-
Un Auxiliar de depósitos $ 160.-
Un Auxiliar $ 140.-
Un Mayordomo $ 80.-
Un Portero $ 50.-
Para gastos $ 125.-
Item 2º
Inspección
Un Inspector $ 150.-
Total $ 22.140.-
Art. 2º.- Comuníquese, etc.
El Poder Ejecutivo de la Provincia
DECRETA
Téngase por Ley de la Provincia, cúmplase en su oportunidad, comuníquese e insértese en el Registro Oficial.
Salta, noviembre 10 de 1900.
URIBURU – David Saravia