LEY N° 620
PRESUPUESTO DEL BANCO PROVINCIAL PARA EL AÑO 1902. - (DIGESTO JURÍDICO LEY 7.913, ANEXO IV. LEYES CON OBJETO CUMPLIDO O PLAZO VENCIDO)

Publicado en el Boletín N° 0, el día 01 de Enero de 1901.
Sancionada el día 24 de Octubre de 1901.

LEY Nº 620 (Original 190)
Fuente: Recopilación General de Leyes, compilación ordenada de las leyes de la Provincia y sus decretos reglamentarios (Documentados, compilados, ordenados y publicados por GAVINO OJEDA).

Presupuesto del Banco Provincial para el año 1902
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Salta, sancionan con fuerza de
LEY
Artículo 1º.- El Presupuesto del Banco Provincial de Salta, para el año económico de 1902, queda fijado en la suma de veintidós mil cuarenta pesos moneda nacional, distribuida en la siguiente forma:
INCISO ÚNICO
Ítem 1º
Mensual Anual
Un Presidente Gerente $ 400 $ 4.800
2º Contador $ 300 $ 3.600
3º Tesorero $ 270 $ 3.240
4º Auxiliar de Letras $ 170 $ 2.040
5º Auxiliar de Depósito $ 160 $ 1.920
6º Auxiliar $ 140 $ 1.680
7º Mayordomo $ 80 $ 960
8º Portero $ 50 $ 600
9º Para gastos y útiles $ 125 $ 1.500
10 Para compostura del edificio del Banco y
alfombrado $ 500
Suma $ 20.840
Inspección
Ítem 2º
1 Inspector $ 100 $ 1.200
Suma total $ 22.040

Art. 2º.- Comuníquese, etc.

Sala de Sesiones, Salta, octubre 24 de 1901.

FELIX USANDIVARAS – Sixto Ovejero – Marcelino López - Emilio Soliverez

Ministerio de Hacienda
Salta, noviembre 5 de 1901.
Téngase por Ley de la Provincia, cúmplase, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Oficial y publíquese.

ZERDA – Felipe R. Arias – M. Anzoátegui


FELIX USANDIVARAS – Sixto Ovejero – Marcelino López  -  Emilio Soliverez

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