LEY N° 62
RECHAZANDO LA RENUNCIA INTERPUESTA POR SEGUNDA VEZ POR EL GOBERNADOR D. ANSELMO ROJO (DIGESTO JURÍDICO LEY 7.913, ANEXO IV. (LEYES CON OBJETO CUMPLIDO O PLAZO VENCIDO)

Publicado en el Boletín N° 0, el día 01 de Enero de 1860.
Sancionada el día 11 de Noviembre de 1860.

LEY Nº 62 (s/n Original)
Fuente: Recopilación General de Leyes, compilación ordenada de las leyes de la Provincia y sus decretos reglamentarios (Documentados, compilados, ordenados y publicados por GAVINO OJEDA)

DECRETO LEGISLATIVO
Rechazando la renuncia interpuesta por segunda vez por el Gobernador D. Anselmo Rojo (1)

La Representación de la Provincia
DECRETA
Artículo 1°.- No ha lugar a la renuncia que por segunda vez interpone del cargo de Gobernador Propietario de la Provincia el Coronel Mayor don Anselmo Rojo.
Art. 2°.- Comuníquese.
SALA DE SESIONES EN SALTA, noviembre 11 de 1860.
JUAN N. DE URIBURU - Zacarías Tedín, secretario


(1) Nota de la H. Representación al Gobernador Rojo, comunicándole el rechazo de su segunda renuncia.

PRESIDENCIA DE LA HONORABLE
REPRESENTACIÓN GENERAL
SALA DE SESIONES, Salta, noviembre 12 de 1860.
Al Excmo. Sr. Gobernador Constitucional de la Provincia, Coronel Mayor don Anselmo Rojo:
La Honorable Representación se ha impuesto de la nota de S.E. fecha 10, en que por segunda vez interpone su renuncia del cargo de Gobernador, fundado en las razones aducidas en ella.
La Honorable Representación encuentra muy plausible la conducta delicada y llena de abnegación de S.E. al querer separarse de ese puesto, con el objeto de que su presencia no sea en manera alguna un obstáculo a la paz pública o a las francas y libres deliberaciones que quiera tomar la Representación sobre las emergencias actuales, suscitadas por la nota del Sr. Ministro del Interior.
Firmemente persuadida la H. Representación de la razón constitucional de sus procedimientos, nunca ha podido considerar la presencia de S.E. en aquel puesto como un inconveniente para asentir o disentir de la apreciación que de ellos haya hecho el Gabinete del Paraná; y cree por el contrario que el desempeño de la conservación del orden de esta Provincia, en caso pudiera ser alterado por la inquietud o la duda que hubiera causado en espíritus no bien definidos, la intervención del Gobierno Nacional.
La Honorable Representación espera, pues, del patriotismo y antecedentes de S.E. no insistirá más en su renuncia, negándose a prestar este servicio exigido por el voto de sus conciudadanos.
Lo que a nombre de la Representación el infrascripto comunica a S.E. adjuntándole al mismo tiempo el decreto que con esta fecha ha expedido.
Dios guarde a V.E.

JUAN N. DE URIBURU - Zacarías Tedín, Secretario


JUAN N. DE URIBURU - Zacarías Tedín, secretario

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