LEY N° 634
AUTORIZANDO AL PODER EJECUTIVO PARA CONTRIBUIR A LAS FIESTAS RELIGIOSAS DE LAS IMÁGENES DEL MILAGRO CON MOTIVO DE SU CORONACIÓN. (DIGESTO JURÍDICO LEY 7.913, ANEXO IV. LEYES CON OBJETO CUMPLIDO O PLAZO VENCIDO)

Publicado en el Boletín N° 0, el día 01 de Enero de 1902.
Sancionada el día 22 de Agosto de 1902.

LEY Nº 634 (Original 145)
Fuente: Recopilación General de Leyes, compilación ordenada de las leyes de la Provincia y sus decretos reglamentarios (Documentados, compilados, ordenados y publicados por GAVINO OJEDA).

Autorizando al Poder Ejecutivo para contribuir a las fiestas religiosas de las Imágenes del Milagro con motivo de su coronación.

El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Salta, sancionan con fuerza de LEY

Artículo 1°.- Autorízase al Poder Ejecutivo para contribuir con la suma de dos mil pesos moneda nacional, para la celebración de las fiestas religiosas que tendrán lugar con motivo de la coronación de las Imágenes del Milagro, cuya cantidad pondrá a disposición del Obispado de la Diócesis.
Art. 2°.- Este gasto se hará de Rentas Generales, imputándose a la presente Ley.
Art. 3º.- Comuníquese, etc.

Sala de Sesiones, Salta, Agosto 22 de 1902.
FELIX USANDIVARAS – Sixto Ovejero – Emilio Sylvester – Emilio Soliveres

Téngase por Ley de la Provincia, cúmplase, publíquese, e insértese en el R. Oficial .

ZERDA – P. Patrón Costas


FELIX USANDIVARAS – Sixto Ovejero – Emilio Sylvester  – Emilio Soliveres

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