MODIFICANDO LA LEY ORGÁNICA DEL BANCO PROVINCIAL DEL AÑO 1898.
Publicado en el Boletín N° 0, el día 01 de Enero de 1903. Sancionada el día 24 de Noviembre de 1903.
LEY 673 (Original 284)
Fuente: Recopilación General de Leyes, compilación ordenada de las leyes de la Provincia y sus decretos reglamentarios (Documentados compilados, ordenados y publicados por GAVINO OJEDA)
Modificando la Ley Orgánica del Banco Provincial del año 1898.
El Senado y Cámara de Diputados de la provincia de Salta, sancionan con fuerza de
LEY
Artículo 1°.- Derógase el artículo 11 de la Ley Orgánica del Banco Provincial de Salta.
Art. 2°.- Sustitúyese el artículo 12 de la Ley citada, por el siguiente:
“El Banco no podrá hacer préstamos con amortización menor que la del 10% trimestral”.
Art. 3º.- Comuníquese, etc.
Sala de Sesiones, Salta, Noviembre 24 de 1903.
AD. GARCIA PINTO – Manuel S. Sosa – Juan B. Gudiño – Emilio Soliverez.
Ministerio de Hacienda
Salta, Noviembre 25 de 1903.
Téngase por ley de la Provincia, cúmplase, comuníquese, publíquese, y dése al Registro Oficial.
ZERDA – Pedro I. López.
AD. GARCIA PINTO – Manuel S. Sosa – Juan B. Gudiño – Emilio Soliverez.