LEY N° 687
ORIGINAL N° 264 - PODER EJECUTIVO - AUTORIZANDO AL P.E. PARA PAGAR A LOS CONSTRUCTORES DE LA CASA DE GOBIERNO EL SALDO DE SU CRÉDITO

Publicado en el Boletín N° 0, el día 01 de Enero de 1904.
Sancionada el día 20 de Octubre de 1904.

LEY 687 (Original N° 264)
Autorizando al Poder Ejecutivo para pagar a los constructores de la Casa de Gobierno el
saldo de su crédito.
El Senado y Cámara de Diputados de la provincia de Salta, sancionan con fuerza de
LEY
Artículo 1°.- Autorízase al P. Ejecutivo para pagar a los Sres. Aráoz, Pauluci y Francisco Riguetti,
constructores de la Casa de Gobierno el saldo que arroja la liquidación de su cuenta hasta el 30 de Setiembre del presente año, por capital e intereses y que asciende a la suma de treinta y nueve mil ochocientos sesenta y cuatro pesos siete centavos moneda nacional.
Art. 2°.- Dicha cantidad se abonará con fondos del Banco Provincial.
Art. 3°.- Derógase la Ley de 2 de Octubre de 1899.
Art. 4º.- Comuníquese, etc.
Sala de Sesiones, Salta, Octubre 20 de 1904.
FÉLIX USANDIVARAS – Manuel S. Sosa – Juan B. Gudiño – Emilio Soliverez.
Ministerio de Hacienda
Salta, Octubre 22 de 1904.
Téngase por ley de la Provincia, cúmplase, comuníquese, publíquese, e insértese en el Registro
Oficial.
OVEJERO – Ignacio Ortíz




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