AUTORIZANDO AL BANCO PROVINCIAL PARA ENTREGAR AL PODER EJECUTIVO LA SUMA DE $ 39.602, POR CONCEPTO DE UTILIDADES CORRESPONDIENTES A ÉSTE.
Publicado en el Boletín N° 0, el día 01 de Enero de 1905. Sancionada el día 19 de Agosto de 1905.
LEY 712 (Original N° 208)
Fuente: Recopilación General de Leyes, compilación ordenada de las leyes de la Provincia y sus decretos reglamentarios (Documentados compilados, ordenados y publicados por GAVINO OJEDA)
Autorizando al Banco Provincial para entregar al Poder Ejecutivo la suma de
$ 39.602, por concepto de utilidades correspondientes a éste.
El Senado y Cámara de Diputados de la provincia de Salta, sancionan con fuerza de
LEY
Artículo 1°.- El Banco Provincial entregará al Poder Ejecutivo por concepto de la partida de treinta y nueve mil seiscientos dos pesos moneda nacional, “Utilidades del Banco Provincial” que figura en el cálculo de recursos del presupuesto vigente, la suma de tres mil pesos moneda nacional mensuales hasta que dicho establecimiento verifique el balance del presente año.
Art. 2º.- Comuníquese, etc.
Sala de Sesiones, Salta, Agosto 19 de 1905.
FÉLIX USANDIVARAS – José H. Tedín – Marcelino López – Emilio Soliverez.
Ministerio de Hacienda
Salta, Agosto 24 de 1905.
Ejecútese como ley de la Provincia, cúmplase, comuníquese, publíquese, e insértese en el Registro Oficial.
OVEJERO – Ignacio Ortiz.
FÉLIX USANDIVARAS – José H. Tedín – Marcelino López – Emilio Soliverez.