ORIGINAL N° 163 - PODER EJECUTIVO - ACORDANDO LICENCIA AL GOBERNADOR PARA AUSENTARSE DE LA PROVINCIA
Publicado en el Boletín N° 0, el día 01 de Enero de 1906. Sancionada el día 06 de Junio de 1906.
LEY 739 (Original Nº 163)
Acordando licencia al Gobernador
El Senado y Cámara de Diputados de la provincia de Salta, sancionan con fuerza de
LEY
Artículo 1º.- Acuérdase licencia al señor Gobernador de la Provincia doctor D. David Ovejero, para ausentarse fuera del territorio de la misma por el término de noventa días, de la que hará uso cuando lo estime conveniente.
Art. 2º.- Comuníquese, etc.
Sala de Sesiones, Salta, Junio 6 de 1906.
FELIX USANDIVARAS - Ángel Zerda – Juan B. Gudiño – Emilio Soliverez
Ministerio de Gobierno
Salta, junio 7 de 1906.
Téngase por Ley de la Provincia, cúmplase, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro
Oficial
OVEJERO - Luis Linares