SE CREA UN IMPUESTO SOBRE BASURAS Y SE AUTORIZA AL GOBIERNO PARA QUE COMPRE CARROS DESTINADOS AL SERVICIO DE LIMPIEZA (DIGESTO JURíDICO LEY 7.913, ANEXO IV. LEYES CON OBJETO CUMPLIDO O PLAZO VENCIDO)
Publicado en el Boletín N° 0, el día 01 de Enero de 1862. Sancionada el día 03 de Junio de 1862.
LEY Nº 74
( s/n Original )
Fuente: Recopilación General de Leyes, compilación ordenada de las leyes de la Provincia y sus decretos reglamentarios (Documentados, compilados, ordenados y publicados por GAVINO OJEDA)
LEY
Se crea un impuesto sobre basuras y se autoriza al Gobierno para que compre
carros destinados al servicio de limpieza
La Representación General de la Provincia sanciona la siguiente
LEY
Artículo 1°.- Autorízase al Poder Ejecutivo de la Provincia para que, de los fondos públicos de ésta, invierta la suma de 2.500 pesos, que presupuesta para los diez carros de Policía que se construyan a razón de $ 190 cada uno, y alquiler de los que ahora se ocupan en la extracción de las basuras de la ciudad.
Art. 2°.- Una vez que estén concluidos todos los carros de la Policía, el Ejecutivo reglamentará el servicio de ellos, dedicándolos principalmente a la extracción de las basuras de las calles y casas.
Art. 3°.- Autorízase al Gobierno para imponer de seis a veinticuatro centavos mensuales a las casas y cuartos de la ciudad, por la extracción de las basuras.
Art. 4°.- Cesa el impuesto creado por el artículo 3° desde que pase un mes sin que los carros presten el servicio a que son destinados por el artículo 2°.
Art. 5°.- Comuníquese.
SALA DE SESIONSE, Salta junio 3 de 1862.
SEGUNDO D. BEDOYA – Francisco Uriburu, Secretario Accidental
SALTA, junio 5 de 1862.
Ejecútese y promúlguese como ley de la Provincia.
URIBURU – Jenaro Feijóo
(Controlado por Digesto nag/shs)
SEGUNDO D. BEDOYA – Francisco Uriburu, Secretario Accidental