AUTORIZANDO AL PODER EJECUTIVO PARA ENTREGAR A LA MUNICIPALIDAD DE LA CAPITAL, LA SUMA DE CINCUENTA MIL PESOS COMO ADELANTO DE LOS FONDOS AUTORIZADOS POR LEY Nº 103 DEL 30 DE MARZO DE 1906, PARA PAVIMENTACIÓN. (DIGESTO JURÍDICO LEY 7.913, ANEXO IV. LEYES
Publicado en el Boletín N° 0, el día 01 de Enero de 1906. Sancionada el día 22 de Agosto de 1906.
LEY Nº 751 (Número Original Nº 246)
Fuente: Recopilación General de Leyes, compilación ordenada de las leyes de la Provincia y sus decretos reglamentarios (Documentados compilados, ordenados y publicados por GAVINO OJEDA)
Autorizando al Poder Ejecutivo para entregar a la Municipalidad de la Capital, la suma de cincuenta mil pesos como adelanto de los fondos autorizados por Ley Nº 103 del 30 de Marzo de 1906, para pavimentación.
El Senado y Cámara de Diputados de la provincia de Salta, sancionan con fuerza de
LEY
Artículo 1º.- Autorízase al P. Ejecutivo para entregar a la Municipalidad de esta Capital, la suma de cincuenta mil pesos moneda nacional de los fondos que tiene depositados en el Banco Provincial, provenientes de la venta de tierras fiscales autorizada por Ley de 24 de Agosto de 1905, como adelanto de la suma de trescientos mil pesos destinados por la Ley de 30 Marzo de 1906, para la pavimentación de las calles de la ciudad.
Art. 2º.- El P. Ejecutivo se reintegrará de esta suma, con el producido de la venta autorizada por la última de estas leyes.
Art. 3º.- Comuníquese, etc.
Sala de Sesiones, Salta, Agosto 22 de 1906.
A. GARCÍA PINTO – José H. Tedín – Juan B. Gudiño – Emilio Soliverez.
Ministerio de Gobierno
Salta, Agosto 23 de 1906.
Téngase por ley de la Provincia, cúmplase, comuníquese, publíquese, y dése al Registro Oficial.
ZERDA – Marcos Alsina.
Nag/ pjm-srp
A. GARCÍA PINTO – José H. Tedín – Juan B. Gudiño – Emilio Soliverez.