LEY N° 759
ORIGINAL N° 277 - AMPLIANDO HASTA LA SUMA DE CINCO MIL PESOS LA CANTIDAD VOTADA POR LEY DEL 30 DE SEPTIEMBRE DE 1905

Publicado en el Boletín N° 0, el día 01 de Enero de 1906.
Sancionada el día 17 de Octubre de 1906.

LEY 759
(Original Nº 277)
Ampliando hasta la cantidad de cincuenta mil pesos m/n. la suma votada por Ley de 30 de
Setiembre de 1905 para la construcción de un Dique en San Bernardo de Díaz
Art. 1º.- Amplíase hasta la cantidad de cincuenta mil pesos moneda nacional la suma votada por Ley de 30 de Setiembre de 1906, para la construcción de un dique en el partido de San Bernardo de Díaz.
Art. 2º.- Este valor se invertirá en las obras complementarias que deben ejecutarse en dicho dique, imputándose a la presente Ley.
Art. 3º.- Comuníquese, etc.
Salta, Octubre 17 de 1906.
Félix Usandivaras
Promulgada como Ley de la Provincia el 19 de Octubre de 1906.
Zerda




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