LEY N° 760
ORIGINAL N° 283 - MUNICIPALIDADES - AUTORIZANDO AL PODER EJECUTIBO PARA ENTREGAR A LA MUNICIPALIDAD DE LA CAPITAL LA SUMA DE $ 80,000 CON DESTINO A LA PAVIMENTACIÓN

Publicado en el Boletín N° 0, el día 01 de Enero de 1906.
Sancionada el día 25 de Octubre de 1906.

LEY 760
(Original Nº 283)
Autorizando al P.E. para entregar a la Municipalidad de esta Capital la suma de 80 mil pesos
con destino a pavimentación
Art. 1º.- Autorízase al P. Ejecutivo para entregar a la Municipalidad de esa Capital, la suma de
ochenta mil pesos moneda nacional de los fondos que tienen depositados en el Banco Provincial, proveniente de la venta de tierras fiscales autorizada por Ley de 24 de Agosto de 1905, como adelanto de la suma de trescientos mil pesos destinados por Ley de 30 de Marzo de 1906 para la pavimentación de las calles de la ciudad.
Art. 2º.- El P. Ejecutivo se reintegrará de esta suma, con el producido de la venta de las tierras
fiscales autorizada por la última de esas leyes.
Art. 3º.- Comuníquese, etc.
Salta, Octubre 25 de 1906.
Félix Usandivaras
Promulgada como Ley de la Provincia el 29 de Octubre de 1906.
Zerda




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