ORIGINAL N° 162 - PODER EJECUTIVO - ACORDANDO LICENCIA AL GOBERNADOR PARA AUSENTARSE DE LA PROVINCIA
Publicado en el Boletín N° 0, el día 01 de Enero de 1907. Sancionada el día 03 de Junio de 1907.
LEY 774
(Original Nº 162)
Acordando licencia al Gobernador para ausentarse de la Provincia
Art. 1º.- Acuérdase licencia al señor Gobernador de la Provincia, Dr. Luis Linares por el término de tres meses, para ausentarse fuera del territorio de la Provincia.
Art. 2º.- Autorízase al Sr. Gobernador a gastar hasta la suma de tres mil pesos m/n. en sufragar los gastos que ocasione su viaje y estadía en la Capital de la República.
Art. 3º.- Comuníquese, etc.
Salta, Junio 3 de 1907.
Félix Usandivaras
Promulgada como Ley de la Provincia el 3 de Junio de 1907.
Linares