ORIGINAL 201 - TIERRAS FISCALES - AUTORIZANDO AL P.E. PARA CEDER GRATUITAMENTE AL GOBIERNO DE LA NACIÓN EL TERRENO NECESARIO PARA EL EDIFICIO DE LA ADMINISTRACIÓN DE LAS OBRAS SANITARIAS DE ESTA CIUDAD
Publicado en el Boletín N° 0, el día 01 de Enero de 1907. Sancionada el día 22 de Julio de 1907.
LEY 778
(Original Nº 201)
Autorizando al Poder Ejecutivo para ceder gratuitamente al Gobierno de la Nación el terreno
necesario para el edificio de la Administración de las Obras Sanitarias de esta ciudad
Art. 1º.- Autorízase al Poder Ejecutivo de la Provincia para ceder gratuitamente al Gobierno de la Nación, el terreno necesario para el edificio donde deben instalarse las oficinas de la
Administración de las obras de Salubridad de esta ciudad, en el antiguo local de la Casa de
Corrección y Asilo de Mendigos, ubicado en la calle España, en una extensión de 1.280 metros 25 centímetros cuadrados.
Art. 2º.- Autorízase igualmente al Poder Ejecutivo de la Provincia, para vender en remate público la fracción de terreno que se reserva en el mismo local.
Art. 3º.- Comuníquese, etc.
Salta, Julio 22 de 1907.
Félix Usandivaras
Promulgada como Ley de la Provincia el 23 de Julio de 1907.
S. Tamayo