ORIGINAL N° 214 - EXPROPIACIÓN - DECLARANDO DE UTILIDAD PÚBLICA Y AUTORIZANDO LA EXPROPIACIÓN DE LOS TERRENOS DE PROPIEDAD DE DON WELINDO TOLEDO, NECESARIOS PARA RECTIFICAR EL CAMINO QUE UNE EL DE CERRILLOS CON EL DE LA ISLA
Publicado en el Boletín N° 0, el día 01 de Enero de 1907. Sancionada el día 09 de Agosto de 1907.
LEY 780 (Número Original 214)
Declarando de utilidad pública y autorizando la expropiación de los terrenos de propiedad de don Welindo Toledo, necesarios para rectificar el camino que une el de Cerrillos con el de La Isla.
El Senado y Cámara de Diputados de la provincia de Salta, sancionan con fuerza de
LEY
Artículo 1º.- Declárase de utilidad pública los terrenos de propiedad de Dn. Welindo Toledo,
ubicados en el Departamento de la Capital sobre la margen Sur del Río Arenales, en extensión
suficiente para rectificar el camino que une el de “Cerrillos” con el de “La Isla”, trazando una
línea recta en el empalme del camino de Cerrillos con el de La Isla, sobre el puente Arenales,
hasta el punto donde ese camino toca con terrenos de Da. Adela G. de Güemes.
Art. 2º.- Autorízase a la Municipalidad de la Capital para proceder a la expropiación de los
terrenos necesarios para la construcción del camino a que se refiere el artículo anterior.
Art. 3º.- La indemnización al propietario y gastos que demande la presente ley, será a cargo de la Municipalidad de esta Capital.
Art. 4º.- Comuníquese, publíquese, etc.
Sala de Sesiones, Salta, Agosto 9 de 1907.
A. GARCÍA PINTO – Flavio García – Juan B. Gudiño – Emilio Soliverez.
Salta, Agosto 12 de 1907.
Departamento de Gobierno
Téngase por ley de la Provincia, cúmplase, comuníquese, publíquese, y dése al Registro Oficial.
S. TAMAYO – Marcos Alsina