LEY N° 792
ORIGINAL N° 54 - BANCO PROVINCIA - PRESUPUESTO DEL BANCO PROVINCIA PARA EL AÑO 1908

Publicado en el Boletín N° 0, el día 01 de Enero de 1908.
Sancionada el día 12 de Febrero de 1908.

LEY 792
(Original Nº 54)
Presupuesto del Banco Provincial para el año 1908
Art. 1º.- Queda fijado el presupuesto de gastos del Banco Provincial de Salta, para el ejercicio del
año económico de 1908, en la suma de Cuarenta mil ochocientos ochenta pesos m/n., distribuidos
en la siguiente forma:
Presidente Gerente – Contador – Tesorero – Dos auxiliares a $ 200 c/u. – Tres auxiliares a $ 170
c/u. – Un mayordomo – Un portero – Para gastos generales – Para fallas de Caja – Para refacción
del edificio y pago de obras domiciliarias obligatorias – Un inspector – Un tenedor de libros – Un
auxiliar.
Salta, Febrero 12 de 1908.
Félix Usandivaras
Promulgada como Ley de la Provincia el 18 de 1908.
Linares




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