ORIGINAL N° 218 - OBRAS PÚBLICAS - AUTORIZANDO AL P.E. PARA INVERTIR LA SUMA DE $ 15.000 EN LA CONSTRUCCIÓN DE UNA ACEQUIA DE PALO PINTADO AL PUEBLO DE SAN CARLOS
Publicado en el Boletín N° 70, el día 07 de Julio de 1909. Sancionada el día 25 de Junio de 1909.
LEY N° 830
(NÚMERO ORIGINAL N° 218)
Autorizando al P. E. para invertir la suma de 15.000 pesos en la construcción
de una acequia de Palo Pintado al pueblo de San Carlos
El Senado y Cámara de Diputados de la provincia de Salta, sancionan con fuerza de
LEY
Artículo 1°.- Autorízase al Poder Ejecutivo para invertir hasta la suma de quince mil pesos moneda
nacional, en la construcción de una acequia que, partiendo de “Palo Pintado” llegue hasta el pueblo
de San Carlos.
Art. 2°.- Esta obra se hará por Administración o por licitación y sobre la base del presupuesto
proyectado y estudios practicados por el ingeniero don Diego Outes.
Art. 3°.- Los gastos que origine esta Ley se harán de Rentas Generales hasta tanto se realice la
venta de tierras públicas autorizada por ley especial, a cuyo producido se imputará el costo total.
Art. 4°.- Comuníquese, etcétera.
Sala de Sesiones, Salta, Junio 25 de 1909.
FÉLIX USANDIVARAS – Ángel Zerda – Juan B. Gudiño – Emilio Soliverez
Salta, Junio 28 de 1909.
Departamento de Gobierno
Téngase por ley de la Provincia, cúmplase, comuníquese, publíquese, e insértese en el Registro
Oficial.
LINARES – D. Zambrano (hijo)