LEY N° 840
ORIGINAL N° 288 - POLICÍA - AUTORIZANDO AL PODER EJECUTIVO PARA AUMENTAR EN CINCO AGENTES, EL PERSONAL DE LA COMISARÍA DE INVESTIGACIONES Y EN CINCUENTA AGENTES, EL DE LAS COMISARÍAS DE POLICÍA DE CAMPAÑA

Publicado en el Boletín N° 94, el día 02 de Octubre de 1909.
Sancionada el día 23 de Septiembre de 1909.

LEY 840
(Original Nº 288)
Autorizando al Poder Ejecutivo para aumentar en cinco agentes el personal de la Comisaría
de Investigaciones y en 50 agentes el de las Comisarías de Policía de campaña
Art. 1º.- Autorízase al Poder Ejecutivo a aumentar en cinco agentes más el personal de la Comisaría
de Investigaciones de la Policía de esta ciudad.
Art. 2º.- Autorízase también a contratar cincuenta agentes a más de lo presupuestado, y proveerlos
del vestuario correspondiente con destino a la policía de la campaña, a razón de cincuenta pesos
m/n. mensuales cada uno, y aumentar hasta esta misma cantidad el sueldo de los agentes
presupuestados, siempre que considere conveniente.
Art. 3º.- Los gastos que demande la presente Ley se hará de rentas generales, con imputación a la
misma.
Art. 4º.- Comuníquese, etc.
Salta, Setiembre 23 de 1909.
Carlos Serrey
Promulgada como Ley de la Provincia el 24 de Setiembre de 1909.
Linares




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