LEY N° 843
ORIGINAL N° 300 - PENSIÓN - ACORDANDO PENSIÓN A LA SRTA. SARA CURT DE SOLÁ E HIJOS MENORES

Publicado en el Boletín N° 96, el día 09 de Octubre de 1909.
Sancionada el día 25 de Septiembre de 1909.

LEY 843
(Original Nº 300)
Acordando pensión a la señora Sara C. de Solá e hijos menores
Art. 1º.- Acuérdase a la señora Sara C. de Solá e hijos menores, la pensión mensual de cien pesos
moneda nacional, por el término de cinco años, en mérito de los servicios prestados a la Provincia
por su finado esposo don Manuel Solá.
Art. 2º.- Mientras este gasto se incluya en el presupuesto, se hará de rentas generales.
Art. 3º.- Comuníquese, etc.
Salta, Setiembre 25 de 1909.
Carlos Serrey
Promulgada como Ley de la Provincia el 27 de Setiembre de 1909.
Linares




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