LEY N° 849
ORIGINAL 12 - TIERRAS PÚBLICAS - AUTORIZANDO AL PODER EJECUTIVO PARA DESCONTAR EN LA PLAZA DE BUENOS AIRES DOCUMENTOS PROCEDENTES DE LA VENTA DE TIERRAS PÚBLICAS

Publicado en el Boletín N° 125, el día 19 de Enero de 1910.
Sancionada el día 07 de Enero de 1910.

LEY N 849
(NUMERO ORIGINAL 12)
Autorizando al Poder Ejecutivo para descontar en la plaza de Buenos Aires documentos procedentes de la venta de tierras públicas
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Salta, sancionan con fuerza de
LEY:
Art. 1° Autorizase al P. Ejecutivo para descontar en la plaza de Buenos Aires documentos procedentes de la venta de tierras públicas por valor de doscientos ochenta mil setecientos veinte y dos pesos con cuarenta y tres centavos moneda nacional, al interés que considere conveniente, con tal que no exceda del nueve por ciento anual.
Art. 2° Autorizase también al P. Ejecutivo para entregar al Consejo General de Educación, de su producido, la suma de cien mil pesos como anticipo de la cantidad que debe obtenerse de las tierras públicas,, destinada a reforzar sus recursos, en virtud de la Ley de 27 de Setiembre del año 1908.
Art. 3º Queda facultado el P. Ejecutivo para abonar la comisión corriente al comisionista que negociara el documento a que se refiere el Art. 1º la que no podrá exceder del uno por ciento.
Art. 4º La remisión a Buenos Aires de los documentos y la percepción de sus valores, se hará por intermedio del Banco Provincial.
Art. 5º Comuníquese, etc.
Sala de Sesiones, Salta, Enero 7 de 1910.
ANGEL ZERDA FELIX USANDIVARAS
Emilio Soliverez Juan B. Gudiño
Secretario del Senado Secretario de la C. de Diputados
Ministerio de Hacienda
Salta, Enero 11 de 1910.
Téngase por Ley de la Provincia, cúmplase, comuníquese, publíquese, e insértese en el Registro Oficial.
LINARES
Juan Martín Leguizamón




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