LEY N° 859
ORIGINAL 266 - PODER EJECUTIVO - AUTORIZANDO AL PODER EJECUTIVO PARA INVERTIR LA SUMA DE DOS MIL PESOS EN LA CONSTRUCCIÓN DE UNA PARED Y DOS PORTONES EN LA CASA DE “EL BUEN PASTOR”

Publicado en el Boletín N° 192, el día 29 de Septiembre de 1910.
Sancionada el día 21 de Septiembre de 1910.

LEY Nº 859
(NUMERO ORIGINAL 266)
Autorizando al Poder Ejecutivo para invertir la suma de dos mil pesos en la construcción de una pared y dos portones en la casa de “El Buen Pastor”
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Salta, sancionan con fuerza de
LEY:
Art. 1° Autorizase al P. Ejecutivo para invertir la suma de dos mil pesos moneda nacional, en la construcción de una pared de cierre y dos portones de fierro en la casa de El Buen Pastor, como una medida de seguridad indispensable para la Cárcel de mujeres, que funciona en dicho establecimiento.
Art. 2º La construcción de esta obra e inversión de fondos votados, se hará bajo la dirección y contralor de la oficina de Obras Públicas.
Art. 3° Este gasto se hará de rentas generales con imputación a la presente Ley.
Art. 4° Comuníquese, etc.
Sala de Sesiones, Salta, Setiembre 21 de 1910.
FLAVIO GARCIA FELIX USANDIVARAS
Emilio Soliverez Juan B. Gudiño
Secretario del Senado Secretario de la C. de Diputados
Ministerio de Gobierno
Salta, Setiembre 22 de 1910.
Téngase por Ley de la Provincia, cúmplase, comuníquese, publíquese, e insértese en el Registro Oficial.
FIGUEROA
R. Patrón Costa




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