LEY N° 85
SE RECHAZA UNA SOLICITUD DE TIERRAS PÚBLICAS DEL CAPITÁN LAVARELLO - (DIGESTO JURÍDICO LEY 7.913, ANEXO IV. LEYES CON OBJETO CUMPLIDO O PLAZO VENCIDO)

Publicado en el Boletín N° 0, el día 01 de Enero de 1863.
Sancionada el día 23 de Octubre de 1863.

LEY 85 (s/n Original)
Fuente: Recopilación General de Leyes, compilación ordenada de las leyes de la Provincia y sus decretos reglamentarios (Documentados compilados, ordenados y publicados por GAVINO OJEDA)

DECRETO LEGISLATIVO
Se rechaza una solicitud de tierras públicas del Capitán Lavarello
La Representación General de la Provincia
CONSIDERANDO
1°.- Que por la ley sancionada por la H. Cámara de Representantes de la Provincia el 6 de Febrero del corriente año, queda prohibida la enajenación de tierras públicas a título gratuito o de merced, excepto los casos en que un individuo o sociedad solicite merced y reconociese la previa obligación de fundar en ellas colonias de inmigrantes.
2°.- Que por la misma ley sólo se pueden aceptar solicitudes sobre tierras públicas en calidad de venta o enfiteusis.

DECRETA
Artículo 1º.- Devuélvase al P.E. la solicitud del Capitán Lavarello para que arregle su despacho a las leyes vigentes sobre la materia.
Art. 2º.- Comuníquese.

SALA DE SESIONES, Salta octubre 23 de 1863.

SEGUNDO D. BEDOYA – Andrés de Ugarriza

EL GOBIERNO DE LA PROVINCIA
Salta, noviembre 4 de 1863.
Cúmplase y transmítase en copia legalizada al interesado, devolviéndosele su solicitud.
URIBURU – Jenaro Feijóo
(Controlado por Digesto eo/shs)


SEGUNDO D. BEDOYA – Andrés de Ugarriza

.

Responsive image Responsive image