DECLARANDO DE UTILIDAD PÚBLICA Y AUTORIZANDO AL PODER EJECUTIVO PARA EXPROPIAR LOS TERRENOS NECESARIOS PARA LA RECTIFICACIÓN DE LA ZANJA BLANCA
Publicado en el Boletín N° 265, el día 19 de Julio de 1911. Sancionada el día 07 de Julio de 1911.
DECLARANDO DE UTILIDAD PÚBLICA Y AUTORIZANDO AL PODER EJECUTIVO PARA EXPROPIAR LOS TERRENOS NECESARIOS PARA LA RECTIFICACIÓN DE LA ZANJA BLANCA
Publicado en el Boletín N° 0, el día 14 de Julio de 1911.
Sancionada el día 07 de Julio de 1911.
LEY N° 874 (ORIGINAL N° 301)
El Senado y Cámara de Diputados de la provincia de Salta, sancionan con fuerza de
LEY
Artículo 1°.- Declárase de utilidad pública y autorízase al Poder Ejecutivo para expropiar por cuenta del erario, y con sujeción a la Ley General de Expropiación, los terrenos que fuesen necesarios para la rectificación de la Zanja Blanca y servidumbres correspondientes, conforme a los estudios practicados por la Dirección General de Obras de Salubridad de la Nación.
Artículo. 2°.- Autorízase para invertir en las expropiaciones de los terrenos necesarios al cumplimiento de esta ley, hasta la suma de veinticinco mil pesos moneda nacional, que se harán de Rentas Generales con imputación a la presente ley.
Artículo 3°.- Comuníquese, etcétera.
Sala de Sesiones, Salta, Julio 7 de 1911.
FÉLIX USANDIVARAS – Luis Linares – Juan B. Gudiño – Emilio Soliverez
Ministerio de Hacienda
Salta, Julio 14 de 1911.
Téngase por ley de la Provincia, cúmplase, comuníquese, publíquese, e insértese en el Registro
Oficial.
FIGUEROA – Ricardo Aráoz