EXONERANDO AL EDIFICIO DEL TEATRO VICTORIA DEL PAGO DE LA CONTRIBUCIÓN TERRITORIAL POR EL TÉRMINO DE CINCO AÑOS
Publicado en el Boletín N° 0, el día 01 de Enero de 1911. Sancionada el día 18 de Agosto de 1911.
LEY N° 883 (Original Nº 345)
Exonerando al edificio del teatro victoria del pago de la contribución territorial por el término de cinco años
El Senado y Cámara de Diputados de la provincia de Salta, sancionan con fuerza de
LEY
Artículo 1°.- Exonérase al edificio denominado “Teatro Victoria”, situado en esta ciudad, del pago de la Contribución Territorial por el término de cinco años.
Artículo 2°.- Comuníquese, etcétera.
Sala de Sesiones, Salta, Agosto 18 de 1911.
M. J. OLIVA – Ángel Zerda – Juan B. Gudiño – Emilio Soliverez
Ministerio de Hacienda Salta, Agosto 22 de 1911.
Téngase por ley de la Provincia, cúmplase, comuníquese, publíquese, e insértese en el Registro Oficial.
FIGUEROA – Ricardo Aráoz