EXONERANDO DEL PAGO DE LA CONTRIBUCIÓN TERRITORIAL POR EL TÉRMINO DE CINCO AÑOS, A LAS CASAS QUE POSEEN DOÑA DOMINGA O. LACOURT Y DON JOSÉ VILLALBA
Publicado en el Boletín N° 277, el día 06 de Septiembre de 1911. Sancionada el día 02 de Agosto de 1911.
LEY N° 884 (Original Nº 352)
Exonerando del pago de la contribución territorial por el término de cinco años, a las casas que poseen Doña Dominga O. Lacourt y Don José Villalba
El Senado y Cámara de Diputados de la provincia de Salta, sancionan con fuerza de
LEY
Artículo 1°.- Exonérase del pago de la Contribución Territorial, por el término de cinco años a las
casas que poseen en esta ciudad en las calles Caseros y General Alvarado, Da. Dominga O. de
Lacourt y Dn. José Villalba, respectivamente, siempre que no se enajenen dichas propiedades
durante el término de la exoneración.
Art. 2°.- Comuníquese, etcétera.
Sala de Sesiones, Salta, Agosto 2 de 1911.
FÉLIX USANDIVARAS – Ángel Zerda – M. Sanmillán – Emilio Soliverez
Ministerio de Hacienda
Salta, Septiembre 1° de 1911.
Téngase por ley de la Provincia, cúmplase, comuníquese, publíquese, e insértese en el Registro
Oficial.
FIGUEROA – Ricardo Aráoz