LEY N° 900
APROBANDO EL CONTRATO AD-REFERÉNDUM CELEBRADO ENTRE EL PODER EJECUTIVO Y LOS HEREDEROS DE DON JUÁN PAULUCCI CON FECHA 18 DE AGOSTO DE 1911 - (DIGESTO JURÍDICO LEY 7.913, ANEXO IV. LEYES CON OBJETO CUMPLIDO O PLAZO VENCIDO).

Publicado en el Boletín N° 304, el día 23 de Diciembre de 1911.
Sancionada el día 11 de Diciembre de 1911.

LEY N° 900 (Número Original 433)
Fuente: Recopilación General de Leyes, compilación ordenada de las leyes de la Provincia y sus decretos reglamentarios (Documentados, compilados, ordenados y publicados por GAVINO OJEDA)

Aprobando el contrato ad – referéndum celebrado entre el Poder Ejecutivo y los herederos de don Juan Paulucci con fecha 18 de Agosto de 1911

El Senado y Cámara de Diputados de la provincia de Salta, sancionan con fuerza de
LEY
Artículo 1°.- Apruébase el contrato de compra-venta ad-referéndum celebrado entre el P. Ejecutivo y los herederos del Sr. Juan Paulucci, con fecha 18 de Agosto del año 1911.
Art. 2º.- Los gastos que demande la ejecución de la presente Ley, se imputarán de la misma, debiendo atenderse con el importe de venta de tierras públicas ya autorizadas.
Art. 3º.- Comuníquese, etcétera.

Sala de Sesiones, Salta, Diciembre 11 de 1911.

FÉLIX USANDIVARAS – Ángel Zerda – Juan B. Gudiño – Emilio Soliverez

Ministerio de Gobierno
Salta, Diciembre 14 de 1911.

Téngase por ley de la Provincia, cúmplase, comuníquese, publíquese, y dése al Registro Oficial.

FIGUEROA – R. Patrón Costas

SA/SA-afg


FÉLIX USANDIVARAS – Ángel Zerda – Juan B. Gudiño – Emilio Soliverez

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