LEY N° 920
PRESUPUESTO DEL BANCO PROVINCIAL PARA EL AÑO DE 1913

Publicado en el Boletín N° 400, el día 09 de Abril de 1913.
Sancionada el día 29 de Marzo de 1913.

LEY Nº 920 (Original Nº 104)
Presupuesto del Banco Provincial para el año de 1913
El Senado y Cámara de Diputados de la provincia de Salta, sancionan con fuerza de
LEY
Artículo 1º.- Queda fijado el presupuesto de gastos del Banco de la Provincia de Salta, para el ejercicio económico de 1913, en la suma de Cincuenta y cinco mil ciento cuarenta pesos moneda nacional, distribuidos en la siguiente forma:
Mensual Anual
Un Presidente General $ 720 $ 8.640
Un Contador General “ 480 “ 5.760
Un Tesorero “ 445 “ 5.340
Tres Contadores de Sección a $325 c/u. “ 11.700
Cinco Auxiliares a $ 265 c/u. “ 15.900
Un Ayudante “ 180 “ 2.160
Dos Ordenanzas a $ 95 c/u. “ 2.280
Para Fallos de Caja “ 100 “ 1.200
Un Inspector “ 180 “ 2.160
Suma Total $ 55.140
Artículo 2º.- Comuníquese, etc.
Sala de Sesiones, Salta, Marzo 29 de 1913.
MOISÉS J. OLIVA – Delfín Leguizamón – Juan B. Gudiño – Emilio Soliverez
Ministerio de Hacienda
Salta, Abril 2 de 1913.
Téngase por Ley de la Provincia, comuníquese, cúmplase, publíquese, e insértese en el Registro Oficial.
PATRÓN COSTAS – Macedonio Aranda




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