DISPONIENDO QUE EL PODER EJECUTIVO MANDE EFECTUAR, POR EL DEPARTAMENTO DE OBRAS PÚBLICAS, ESTUDIOS DE IRRIGACIÓN EN LA MARGEN DERECHA DEL RÍO ARIAS - (DIGESTO JURÍDICO LEY 7.913, ANEXO IV. LEYES CON OBJETO CUMPLIDO O PLAZO VENCIDO).
Publicado en el Boletín N° 436, el día 20 de Septiembre de 1913. Sancionada el día 09 de Septiembre de 1913.
LEY Nº 927 (Número Original 273)
Fuente: Recopilación General de Leyes, compilación ordenada de las leyes de la Provincia y sus decretos reglamentarios (Documentados compilados, ordenados y publicados por GAVINO OJEDA)
Disponiendo que el Poder Ejecutivo mande efectuar, por el Departamento de
Obras Públicas, estudios de irrigación en la margen derecha del río Arias
El Senado y Cámara de Diputados de la provincia de Salta, sancionan con fuerza de
LEY
Artículo1º.- El Poder Ejecutivo de la Provincia, mandará efectuar por el Departamento de Obras Públicas de la Provincia, estudios para obras de irrigación en la margen derecha del río Arias, en las zonas comprendidas por los Departamentos de la Capital y Cerrillos.
Art. 2º.- Comuníquese, etc.
Sala de Sesiones, Salta, Setiembre 9 de 1913.
M. J. OLIVA – Sixto Ovejero – Juan B. Gudiño – Emilio Soliverez
Ministerio de Gobierno
Salta, Setiembre 10 de 1913.
Téngase por Ley de la Provincia, cúmplase, comuníquese, publíquese y dése al Registro Oficial.
LEGUIZAMÓN – Francisco M. Uriburu
Meh/nag-afg
M. J. OLIVA – Sixto Ovejero – Juan B. Gudiño – Emilio Soliverez