LEY N° 961
DECLARANDO DE UTILIDAD PÚBLICA Y SUJETOS A EXPROPIACIÓN LOS TERRENOS NECESARIOS PARA EL DESVÍO DE LAS AGUAS DEL ARROYO DE LOS NOGALES (LA SILLETA) - (DIGESTO JURÍDICO LEY 7.913, ANEXO IV Y V LEYES CON OBJETO CUMPLIDO O PLAZO VENCIDO)

Publicado en el Boletín N° 0, el día 01 de Enero de 1916.
Sancionada el día 17 de Agosto de 1916.

LEY 961 (Original Nº 896)

Fuente: Recopilación General de Leyes, compilación ordenada de las leyes de la Provincia y sus decretos reglamentarios (Documentados compilados, ordenados y publicados por GAVINO OJEDA)

Declarando de utilidad pública y sujetos a expropiación los terrenos necesarios para el desvío de las aguas del Arroyo de Los Nogales (La Silleta)

Artículo 1º.- Declárase de utilidad pública y sujetos a expropiarse los terrenos necesarios para el desvío de las aguas del Arroyo de Los Nogales en el Distrito de La Silleta.

Art. 2º.- El Departamento de Obras Públicas procederá a hacer los estudios de los terrenos por donde debe hacerse la desviación del referido Arroyo.

Art. 3º.- Los gastos que demande la expropiación de los terrenos serán por cuenta del Municipio de La Silleta.

Art. 4º.- Comuníquese, etc.






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BENJAMIN ZORRILLA – Félix Usandivaras – Víctor Ovejero – José A Aráoz

Ministerio de Gobierno

Salta, agosto 21 de 1916.

Téngase por Ley de la Provincia, cúmplase, comuníquese, e insértese en el Registro Oficial.

CORNEJO – Manuel R. Alvarado - Rafael M. Zuviría

Meh/meo-meh

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