LEY N° 962
AUTORIZANDO AL PODER EJECUTIVO PARA FUNDAR EN CAFAYATE UNA ESTACIÓN EXPERIMENTAL DE VITIVINICULTURA

Publicado en el Boletín N° 0, el día 01 de Enero de 1916.
Sancionada el día 17 de Agosto de 1916.

VER TEXTO ORIGINAL DEL DECRETO-LEY AQUÍ


LEY Nº 962 (Original Nº 897)
Autorizando al Poder Ejecutivo para fundar en Cafayate una Estación Experimental de
Vitivinicultura
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Salta, sancionan con fuerza de
LEY
Artículo 1º.- Autorízase al Poder Ejecutivo para fundar en Cafayate una Estación Experimental de Vitivinicultura, contratando los técnicos que fueran necesarios.
Artículo 2º.- El Poder Ejecutivo determinará las funciones de la oficina en el decreto reglamentario de la presente Ley. (Articulo3º derogado po el articulo 7 de la Ley 1433/1935)
Artículo 4º.- El Poder Ejecutivo dará cuenta en su oportunidad a la H. Legislatura de la forma en que ha dado cumplimiento a esta Ley, acompañando, para su aprobación, el presupuesto de gastos de la Estación.
Artículo 5º.- Comuníquese, etc.
Sala de Sesiones, Salta, agosto 17 de 1916.
M.J. OLIVA – Félix Usandivaras – Víctor Ovejero – José A Aráoz
Ministerio de Hacienda
Salta, Agosto 21 de 1916.
Téngase por Ley de la Provincia, cúmplase, comuníquese, publíquese, e insértese en el Registro Oficial.
CORNEJO – Rafael M. Zuviría – Manuel R. Alvarado

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