LEY N° 992
APROBANDO EL CONTRATO AD-REFERéNDUM CELEBRADO ENTRE EL P.E. Y EL SEñOR MANUEL ESPINOSA, PARA PROVEER DE AGUAS CORRIENTES AL PUEBLO DE GENERAL GüEMES (DIGESTO JURíDICO LEY 7.913, ANEXO IV Y V LEYES CON OBJETO CUMPLIDO O PLAZO VENCIDO)

Publicado en el Boletín N° 669, el día 21 de Septiembre de 1917.
Sancionada el día 13 de Septiembre de 1917.

LEY 992 (Original Nº 1060)

Fuente: Recopilación General de Leyes, compilación ordenada de las leyes de la Provincia y sus decretos reglamentarios (Documentados compilados, ordenados y publicados por GAVINO OJEDA)

Aprobando el contrato ad-referéndum celebrado entre el P.E. y el señor Manuel Espinosa, para proveer de aguas corrientes al pueblo de General Güemes

Artículo 1º.- Apruébase el contrato ad-referéndum celebrado por el Poder Ejecutivo con el señor Manuel Espinosa, según decreto de 6 de Noviembre de 1916, para el servicio de provisión de aguas corrientes para el Distrito de General Güemes.

Art. 2º.- Comuníquese, etc.


M. J. OLIVA – Félix  Usandivaras – V. M. Ovejero – José A. Aráoz

Ministerios de Gobierno y de Hacienda

Téngase por Ley de la Provincia, cúmplase, comuníquese, publíquese, e insértese en el Registro Oficial

Salta, setiembre 18 de 1917.

ABRAHAM CORNEJO – Rafael Zuviría - Manuel R. Alvarado

Meh/sa-meh

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