LEY N° 1012
AUMENTO DE PENSIÓN A FAVOR DE DOÑA MERCEDES CABEZÓN. - (DIGESTO JURÍDICO LEY 7.913, ANEXO IV Y V LEYES CON OBJETO CUMPLIDO O PLAZO VENCIDO)

Publicado en el Boletín N° 767, el día 08 de Agosto de 1919.
Sancionada el día 29 de Julio de 1919.

LEY Nº 1012 (Original Nº 455)

Fuente: Recopilación General de Leyes, compilación ordenada de las leyes de la Provincia y sus decretos reglamentarios (Documentados compilados, ordenados y publicados por GAVINO OJEDA)

Aumentando la pensión de que goza Da. Mercedes Cabezón

Artículo 1º.- Auméntase en treinta pesos mensuales, la pensión que goza doña Mercedes Cabezón.

Art. 2º.- Comuníquese, etc.

Sala de Sesiones, Julio 29 de 1919.


D. MICHEL TORINO – Antonio Alvarez – Luis E. Guardo – Fernando A. Lecumberri.

Ministerio de Gobierno

Téngase por ley de la Provincia, cúmplase, comuníquese, publíquese, y dése al Registro Oficial.

Salta, Julio 31 de 1919.

JUAN B. PEÑALBA – Darío Arias.

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