LEY N° 112
PRESUPUESTO GENERAL DE GASTOS PARA EL AÑO 1865 (DIGESTO JURíDICO LEY 7.913, ANEXO IV. LEYES CON OBJETO CUMPLIDO O PLAZO VENCIDO)

Publicado en el Boletín N° 0, el día 01 de Enero de 1865.
Sancionada el día 16 de Febrero de 1865.

LEY Nº 112 ( s/n Original )
Fuente: Recopilación General de Leyes, compilación ordenada de las leyes de la Provincia y sus decretos reglamentarios (Documentados, compilados, ordenados y publicados por GAVINO OJEDA)

Presupuesto General de Gastos para el año 1865

La Representación General de la Provincia sanciona con fuerza de
LEY
Artículo 1°.- Los gastos ordinarios de la Administración Pública, para el ejercicio del año económico de 1865, quedan fijados en la cantidad de ciento doce mil novecientos ochenta y dos pesos, que se invertirán en la forma que se establece en los siguientes incisos:

INCISO I
Deuda
Para pago de la deuda exigible $15.000
Para pago del interés y amortización de la deuda a consolidarse 5.000
Tres miembros de la comisión liquidadora a 50 pesos cada uno, durante seis meses 900
Gastos de escritorios y eventuales 100

INCISO II
Representación General
Sueldo de un Secretario 400
Sueldo de un Edecán 200
Sueldo de un Ordenanza 100
Gastos de escritorio 30
Compra y refacción de muebles 200

INCISO III
Gobierno
Sueldo del Gobernador 3.000
Sueldo del Ministro 1.500
Sueldo del Subsecretario 900
Sueldo del Oficial 1º 680
Dos Oficiales Escribientes a 35 pesos cada uno 840
Dos Edecanes a pesos 30 cada uno 720
Escribano de Gobierno 150
Ordenanza 144
Gastos de escritorio 144
Sueldo del Gobernador sustituto, en dos meses 500
Gastos extraordinarios 2.000
Gastos de visita 500

INCISO IV
Administración de Justicia

Sueldo de tres Camaristas a 1.200 pesos cada uno 3.600
Sueldo del Escribano de Cámara 240
Sueldo del Receptor 72
Sueldo del Ordenanza 120
Gastos de oficina de todos los Juzgados 120
Gastos eventuales 30
Sueldo del Juez Alzadas 1.100
Sueldo del Escribano 200
Sueldo del Receptor 72
Sueldo del Ordenanza 120
Sueldo del Juez del Fuero Civil 1.000
Sueldo del Fiscal de Hacienda 600
Sueldo del Escribano 100
Sueldo del Receptor 72
Sueldo del Ordenanza 120
Sueldo del Juez del Fuero Criminal 1.000
Sueldo del Fiscal del Crimen 600
Sueldo del Escribano 300
Sueldo del Receptor 72
Sueldo del Alcaide y Alguacil 180
Sueldo del Defensor de Menores 600

INCISO V
Departamento de Hacienda

Sueldo del Jefe del departamento 1.200
Sueldo del Oficial 1º 600
Sueldo del Oficial 2º 300
Sueldo del Ordenanza 120
Gastos eventuales 100
Gastos de Escritorios 60

INCISO VI
Mesa de Estadística

Un Presidente, Ingeniero Público 1.200
Dos Oficiales a 400 pesos cada uno 800
Gastos de instalación, instrumentos, etc. 1.000
Casa y escritorio 180

INCISO VII
Inspección General de Armas

Sueldo de un Inspector 720
Sueldo de un Ayudante instructor 420
Sueldo de un Secretario 240
Sueldo de un Ordenanza 100
Gastos concernientes al arreglo de guardias nacionales, parque y oficina 3.000

INCISO VIII
Instrucción Pública

A tres preceptores y gasto de instrucción 2.000

INCISO IX
Imprenta

Gastos de Imprenta 2.500

INCISO X
Policía

Intendente 1.000
Comisario 1º 600
Tres Comisarios 2dos. a 35 pesos cada uno 1.200
Inspector de Correos 300
Escribiente 300
Ordenanza 144
Para forraje de caballos, compostura de carros, mantención de presos y
demás gastos de Policía 5.200

INCISO XI
Gendarmería de Plaza

Un Jefe del Principal y encargado inmediato del Parque 960
Un Capitán a 50 pesos mensuales 600
Dos Tenientes a 38 pesos mensuales cada uno 648
Cinco Cabos a 16 pesos mensuales cada uno 960
Cincuenta y tres soldados a 14 pesos mensuales, deduciendo de éstos
su vestido y ración diaria 9.520
Cuatro vigilantes a 20 pesos mensuales cada uno 960
Eventuales 200

INCISO XII
Banda de Música

Director 960
Contra maestro 240
Tambor mayor 240
Veintidós músicos a 14 pesos cada uno, inclusive vestuario y mantención 3.690
Dos pífanos y cinco tambores a 14 pesos cada uno 1.176
Cuatro Cornetas a 14 pesos cada uno 672
En instrumentos y eventuales 400

INCISO XIII
Serenos

Inspector a 25 pesos 300
Trece serenos a 18 pesos cada uno 2.808
Gastos de alumbrado, linternas y demás eventuales 420

INCISO XIV
Ciudad de Orán

Teniente Gobernador 1.000
Juez de Letras 1.000
Policía 700

INCISO XV
Fiestas Cívicas

Gastos de Fiestas Cívicas 1.000

INCISO XVI
Obras Públicas

Para una pirámide y ornato del paseo de la plaza 4.000
Para la obra del Río Arias 5.000
Para un galpón para los carros de Policía 200

INCISO XVII
Pensiones

Para confección de medallas y pagos de pensiones, jubilaciones y retiros 3.200

INCISO XVIII
Gastos probables

Para traer cuatro Hermanas de la Caridad 2.000
Para concluir el frontis de la Catedral 2.000
A los RR.PP. de San Francisco, para ayudarles a pagar el órgano nuevo 1.000
TOTAL: $ 112.982

Art. 2º.- Se destina para el pago de las sumas prefijadas en los incisos del artículo anterior la cantidad de 112.982 pesos, que se deducirán de la cantidad de ciento cincuenta y siete mil seiscientos dieciocho pesos, a que alcanza el cálculo probable de recursos.

INCISO I
Contribución Territorial $14.600
Rebajado el 25% por equidad de esto el 5% a los Jefes Políticos por Comisión 10.402

INCISO II
Contribución mobiliaria 16.000
Rebajado el 25% por equidad y de esto el 12% a los Jefes Políticos por Comisión 10.560

INCISO III
Por contribución territorial atrasada hasta el año de 1864, inclusive 9.300
Rebajado el 30% por equidad a los Jefes Políticos por Comisión 6.185

INCISO IV
Contribución mobiliaria atrasada hasta el año 1864, inclusive 12.000
Rebajado el 30% por equidad y de este el 12% a los Jefes Políticos por Comisión 7.392

INCISO V
Alcabalas 6.000

INCISO VI
Patentes 5.800

INCISO VII
Papel sellado 2.000

INCISO VIII
Herencias transversales 2.800

INCISO IX

Registro de marcas 6.000

INCISO X
Subvención Nacional 44.117

INCISO XI

Rentas del Distrito de Orán 3.000
Rebajado el 25% por equidad y de esto el 12% de Comisión 2.059

INCISO XII

A cobrar al Gobierno Nacional por varios suplementos que se han hecho,
y según cuentas que se le han remitido 20.465

INCISO XIII
Por valor de la cuenta de gastos de guerras hechos por el
Gobierno de la Provincia en los años 40 y 41, y según los
comprobantes que han sido remitidos al Gobierno Nacional 60.000

INCISO XIV
Patentes a cobrar 1.220

INCISO XV
Producto del Impuesto de Serenos 3.420
$158.648

Art. 3º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

SALA DE SESIONES, SALTA febrero 16 de 1865.
JUAN MARTÍN LEGUIZAMÓN – José S. Aráoz


Ejecútese y promúlgase como Ley de la Provincia.
SALTA, marzo 10 de 1865.

AGUIRRE – Francisco J. Ortiz


JUAN MARTÍN LEGUIZAMÓN – José S. Aráoz

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