LEY N° 114
SE APRUEBA EL DEL PODER EJECUTIVO QUE DECLARA ENAJENABLE LA IMPRENTA DEL ESTADO (DIGESTO JURíDICO LEY 7.913, ANEXO IV. LEYES CON OBJETO CUMPLIDO O PLAZO VENCIDO)

Publicado en el Boletín N° 0, el día 01 de Enero de 1865.
Sancionada el día 13 de Noviembre de 1865.

LEY Nº 114 ( s/n Original )

Fuente: Recopilación General de Leyes, compilación ordenada de las leyes de la Provincia y sus decretos reglamentarios (Documentados, compilados, ordenados y publicados por GAVINO OJEDA)



DECRETO LEGISLATIVO

Se aprueba el del Poder Ejecutivo que declara enajenable la imprenta del Estado

La Representación General de la Provincia

DECRETA

Artículo 1°.- Apruébase el decreto gubernativo de 27 de junio pasado, por el que se declara enajenable y arrendable la imprenta del Estado, con todos sus útiles y acciones que, con motivo de ella, correspondan al Fisco.

Art. 2°.- Comuníquese.



SALA DE SESIONES, Salta noviembre 13 de 1865.



JUAN MARTÍN LEGUIZAMÓN – José S. Aráoz



(Controlado por Digesto sa/shs)


JUAN MARTÍN LEGUIZAMÓN – José S. Aráoz

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